La Sala Acusadora en el proceso de juicio político contra los tres vocales del Tribunal de Cuentas resolvió avanzar con la acusación en contra del contador Claudio Ricciutti. Fuentes extraoficiales informaron que esto fue posible merced a que el ARI resolvió apoyar la postura de la oposición, resolviendo en forma unánime. De esta manera, y ante la negativa de la gobernadora Fabiana Ríos de aceptar la renuncia del vocal, Ricciutti deberá ser suspendido en su cargo, hasta tanto se resuelva este proceso en su contra en forma definitiva.
Además, expusieron a los otros vocales, Miguel Longhitano y Luis Caballero, que adecuen sus salarios a lo establecido en el artículo 7 de la ley 50, que establece que el haber de los integrantes del Tribunal de Cuentas corresponde al 85% de la dieta de un legislador. De no acatar esta solicitud, el proceso de juicio político también continuará en contra de Longhitano y Caballero. Los legisladores Manuel Raimbault, Élida Deheza, Osvaldo Lopez, Ricardo Wilder, Ricardo Furlan, Luiz Velazquez, y Mónica Urquiza, resolvieron en forma unánime sostener la acusación contra Ricciutti. Cabe recordar que el contador había presentado el jueves pasado su renuncia al cargo, argumentando razones de salud.
En principio, la gobernadora Fabiana Ríos había adelantado su aceptación a la misma aunque la decisión se revirtió tras la declaraciones públicas del abogado Luis Augsburger, quien mencionó la presunta existencia de un pedido de dinero a Ricciutti por parte de los legisladores para frenar la acusación.
A partir de ahora, la Sala Acusadora designará una comisión integrada por tres de sus miembros para que sostenga la acusación ante la otra Sala, debiendo por lo menos uno de ellos ser integrante de la Comisión Investigadora. En el mismo acto notificará al interesado sobre la existencia de la acusación y sus antecedentes, los suspenderá en sus funciones sin goce de retribución y comunicará lo actuado a la Sala Juzgadora remitiéndole todos los antecedentes. La ley determina que a partir de ese momento las actuaciones del juicio público serán públicas, y además determina que “en caso de que se desestime la acusación, la resolución que así lo disponga deberá darse a publicidad”.
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