viernes, mayo 2

AUMENTO DE UN 10% PARA LOS JUDICIALES



El Superior Tribunal de Justicia decidió otorgar un aumento salarial para las categorías más bajas del Poder Judicial que tendrá efecto retroactivo al primero de abril y que rondará entre los 260 hasta los 450 pesos dependiendo de cada nivel.
Los jueces Gonzalo Sagastume y María del Carmen Battaini firmaron la acordada Nº 20/2008 estableciendo un adicional remunerativo del 10% que alcanzará desde los ayudantes 3º -categoría ingresante a la justicia- hasta los oficiales 3º. Actualmente el básico de un oficial 3º es de 2650 pesos y la de un oficial 3º ronda los 4597 pesos.
Entre los argumentos los ministros de la Corte señalaron que a "fin de compensar la pérdida del poder adquisitivo del salario en el ámbito del Poder Judicial, consecuencia del proceso inflacionario que es de dominio público, resulta necesario adoptar medidas en dicho orden tendientes a la protección de las remuneraciones de su personal, procurando preservar el funcionamiento regular de la administración de justicia, todo ello en el marco de las atribuciones y deberes que la Constitución asigna al Superior Tribunal de Justicia". Además, la acordada señala que "no obstante las dificultades financieras por las que atraviesa la Provincia, constituye un imperativo la atención de la situación de los niveles remunerativos inferiores, por ser los más afectados por la depreciación apuntada", señala la acordada.No obstante, en el resolutorio donde se establece el aumento, aclara que será "un adicional salarial remunerativo y bonificable a cuenta de futuros aumentos, para el personal comprendido entre los niveles de la escala salarial G (Ayudante 3º) y 7 (Oficial 3º), ambos inclusive, a partir del 1º de abril del corriente". Pero además agrega que "el mismo tendrá vigencia hasta el 30 de septiembre del año en curso y consistirá en una suma equivalente al diez por ciento (10%) del sueldo básico".
Esta fecha límite impuesta en la acordada, se debe a que las proyecciones presupuestarias permitirían afrontar el pago de dicho adicional hasta esa fecha, siempre y cuando no se apruebe el presupuesto del presente ejercicio antes del 30 de septiembre.

No hay comentarios.:

Archivo del Blog